Compre inmueble en el 2012 para pagar menos cuando lo venda

ALvATROS Executive

Con la reciente aprobación de la exención del 50% en las plusvalías derivadas de las transmisiones de inmuebles que afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Con la reciente aprobación de la exención del 50% en las plusvalías derivadas de las transmisiones de inmuebles que afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

El pasado 12 de mayo de 2012 entró en vigor el Real Decreto-Ley 18/201... 2 de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero.

Con el objetivo de estimular o dinamizar la venta de inmuebles, esta norma introduce la exención del 50% de tributación de la renta (ganancia) obtenida en la transmisión de bienes inmuebles urbanos. Con el requisito de que dicho inmueble haya sido adquirido desde el 12 de mayo de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012.

Se pueden beneficiar de esta exención los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (empresas), así como contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y no residentes (autonómos y particulares), si bien se establecen determinados límites o cautelas para la aplicación de la exención:

1) Si es una empresa quien compra el inmueble, éste debe formar parte de su activo no corriente o de su activo no corriente mantenido para la venta. Es decir, se exige que se utilice o se haya utilizado en la actividad económica de la empresa (ejemplo, una nave industrial, local comercial, vivienda para despacho, etc).

2) El inmueble no se puede adquirir ni vender a otra sociedad o persona física con la que exista vinculación (empresas del grupo, socio- personas físicas- que ostenten el control de dicho grupo o empresas, familiares de éstos hasta segundo grado, cónyuge).

Importante

Si adquiere algún inmueble urbano desde el 12 de mayo de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, la ganancia que obtenga cuando lo venda gozará de una reducción del 50% en su impuesto sobre sociedades o impuesto sobre la renta.

Fuente: CANAL CE Nº 13 Consulting Empresarial